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El Senado aprobó una ayuda para los damnificados por las inundaciones

El Senado de la Nación aprobó una ayuda para los damnificados por las inundaciones y declaró “zona de desastre y emergencia” a los departamentos santiagueños afectados por el temporal entre los que se incluye Taboada, Belgrano, Aguirre, Mitre, Rivadavia, Avellaneda y Salavina.

De esta manera, la Cámara Alta aprobó por unanimidad el proyecto de declaración de zona de desastre y de emergencia económica y social en distintas provincias, incluida Santiago del Estero, que fue consensuado por los presidentes de todos los bloques en el marco de la Comisión de Labor Parlamentaria, presidida por el senador Gerardo Zamora.
La emergencia aprobada por el Senado se suma así al decreto firmado por la gobernadora de la provincia, Claudia de Zamora, declarando la emergencia climática en todas las zonas de la provincia afectadas por el temporal, que fue ratificado en el día de ayer por la Legislatura provincial.
El senador Zamora, en nombre de los representantes de las distintas provincias afectadas, agradeció al conjunto de los senadores la voluntad de trabajo y el aporte de ese cuerpo legislativo, a fin de contribuir a llevar soluciones a las familias y localidades sometidas a las consecuencias de la inclemencia climática.
El proyecto declara zona de emergencia por 180 días a departamentos de las provincias de Santiago del Estero, Santa Fé, Córdoba, Catamarca, Tucumán, Chubut y San Luis, afectados por fuertes precipitaciones, anegamientos e incendios.
En el caso de nuestra provincia, se incluyeron inicialmente los departamentos de Taboada, Belgrano, Aguirre, Mitre, Rivadavia, Avellaneda y Salavina, y se incorporó la posibilidad de que el gobierno provincial solicite la inclusión de nuevas zonas, en caso de ser necesario.
Además, el proyecto establece que el Poder Ejecutivo asignará las partidas necesarias para afrontar la emergencia, y trabajará en forma coordinada con el gobierno provincial a fin de organizar y coordinar la ayuda establecida. Por otra parte, faculta a la Anses y a la AFIP a establecer planes especiales destinados a los contribuyentes ubicados en zona de desastre.

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