Un conflicto por límites inteprovinciales entre Santiago del Estero y Catamarca no será tratado por la Corte Suprema de Justicia por entender que es una materia “propia del Congreso Nacional” y ajena a la justicia.
Así lo resolvió el máximo tribunal en un fallo firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda en que declaró su incompetencia para entender en una causa planteada por la provincia de Santiago del Estero, de acuerdo a un comunicado difundido por la agencia oficial Télam.
En la misma ese estado provincial pidió la declaración de validez y eficacia de la ley 22.742, que fijó los límites entre ambos estados locales, y de inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución de Catamarca que desconoció a expresamente esa ley.
La Corte recordó que en 1983 se dictó la ley 22.742 que fijó el límite entre las provincias de Santiago del Estero y Catamarca y que se encontraba suspendido el amojonamiento por dificultades en la implementación.
No obstante ello, en 1989 Catamarca dictó su nueva Constitución desconociendo expresamente validez a la ley nacional y de los límites fijados por ella.
La resolución recuerda también que desde 1983 se presentaron distintos proyectos en el Congreso Nacional, algunos proponiendo la ratificación expresa de la mencionada ley, y otro, para derogarla.
Estas circunstancias llevaron al Tribunal a entender que la decisión de la causa ?podía importar el desconocimiento de los límites fijados por la ley 22.742 y ello implica expedirse en torno de la fijación de los límites interprovinciales, materia que es ajena al Poder Judicial y propia del Congreso Nacional.